Fotógrafo de comuniones en Asturias


Todos los años son muchos los padres que contactan con Juan Llavio para realizar sesiones de comunión para sus hijos. En interiores o exteriores; no importa el entorno, lo importante es fotografiar ese gesto, esa mirada… Estamos ya con la campaña de comuniones de 2017 y no me quería quedar sin compartir con todos algunos de los trabajos que he realizado.

Los tiempos cambian al igual que las tendencias en los reportajes de comunión y hay que adaptarse a ellos. La fotografía en estudio ha quedado relegada para otra clase de trabajos, como moda o producto. Meter a un niño entre focos y flashes de estudio para mi gusto es un poco antinatural. Creo que el niño se siente mas tranquilo en un sitio menos artificial. Por eso cada vez que me piden reportajes en interiores los realizo en habitaciones o estancias de hoteles como el Castillo de La Zoreda en Oviedo o el Hotel Begoña Park en Gijón.

En exteriores para la fotografía de comunión, cualquier ubicación es oportuna. Los niños ya se encuentran en un espacio abierto. Una playa, un parque, en el campo, bosque, montaña… todo lo que se respira es alegría, vida y libertad. Realizar fotografías a un niño resulta muy fácil, debido a la naturalidad propia de la edad, el estar en espacios abiertos aun lo es mas. La fotografía en su conjunto cobra vida propia, tanto por lo que cada niño transmite como por el sitio en donde nos encontramos.

© Juan Llavio Fotógrafo 2017

 

Artículo 4 Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen:

1. Los menores tienen derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Este derecho comprende también la inviolabilidad del domicilio familiar y de la correspondencia, así como del secreto de las comunicaciones.

2. La difusión de información o utilización de imágenes o nombre de los menores en los medios de comunicación que puedan implicar una intromisión ilegítima en su intimidad,honra o reputación, o que sea contraria a sus intereses, determinará la intervención del Ministerio Fiscal, que instará de inmediato las medidas cautelares y de protección previstas por la ley y solicitará las indemnizaciones que correspondan por los perjuicios causados.

3. Se considera intromisión ilegítima en el derecho del honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen del menor, cualquier utilización de su imagen o su nombre en los medios de comunicación que puedan implicar menoscabo de su honra o reputación, o que sea contrario a sus intereses incluso si consta el consentimiento del menor o de sus representantes legales.